Finanzas mantiene una deuda de 118 millones de dólares por devolución del IVA a grupos prioritarios

Una jueza negó la acción de protección que obligaba al Ministerio de Finanzas cancelar estos valores.

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El Ministerio de Finanzas adeuda 118,8 millones de dólares correspondientes a la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad.
El Ministerio de Finanzas adeuda 118,8 millones de dólares correspondientes a la devolución del IVA para grupos prioritarios.
El Ministerio de Finanzas adeuda 118,8 millones de dólares correspondientes a la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad.
El Ministerio de Finanzas adeuda 118,8 millones de dólares correspondientes a la devolución del IVA para grupos prioritarios.

El Diario

Redacción ED.

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sebastianpencas@gmail.com

El Ministerio de Finanzas adeuda 118,8 millones de dólares correspondientes a la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad. Así se indicar según un documento del Servicio de Rentas Internas (SRI) ingresado el 28 de noviembre en la Función Judicial. Esto en el marco de una acción de protección presentada por un grupo de jubilados en Ecuador. La información detalla que Finanzas no ha realizado las transferencias requeridas.

El informe del SRI expone que, hasta el 26 de noviembre, permanecen pendientes de acreditación los 118,8 millones de dólares. Dichos montos se solicitaron para cumplir con los beneficiarios del proceso de devolución del impuesto al valor agregado. La entidad especificó que ha enviado al Ministerio de Finanzas 32 solicitudes de asignación de fondos, varias de ellas sin respuesta ni acreditación.

Devolución del IVA no se dará por ahora

El SRI aclaró en el documento que la institución no tiene competencia para decidir sobre la asignación de fondos. Indicó que su intervención inicia únicamente cuando el Ministerio de Finanzas transfiere los recursos necesarios. La entidad tributaria sostuvo que actúa de forma inmediata una vez que los montos son acreditados por el Ministerio. Con ello realizará el depósito a los contribuyentes conforme al orden cronológico de las resoluciones notificadas.

De acuerdo con el texto presentado en el proceso judicial, cada vez que el SRI recibe recursos del MEF ejecuta las acreditaciones correspondientes. Luego, realiza la conciliación y actualización de información para emitir una nueva solicitud de reposición de fondos. Este mecanismo, señala el documento, funciona de manera cíclica y depende exclusivamente de la disponibilidad presupuestaria que Finanzas asigne a la devolución del IVA.

Una jueza negó la acción de protección

La demanda presentada por un grupo de jubilados busca una disposición judicial que ordene al Estado realizar la devolución del impuesto a los grupos prioritarios. Como parte del proceso, el documento del SRI fue incorporado para sustentar que la institución ha cumplido con su responsabilidad operativa y que los retrasos no se originan en su gestión administrativa.

Sin embargo, la noche del lunes 8 de diciembre, una jueza negó la acción de protección. Aquello implica que, por ahora, no existe una orden judicial que obligue al Ministerio de Finanzas a ponerse al día con los pagos pendientes. La resolución deja en manos de la autoridad fiscal la decisión de asignar los recursos que permitan avanzar con las devoluciones atrasadas.

Grupos prioritarios definidos por la ley fiscal vigente

La situación mantiene en expectativa a miles de beneficiarios, entre ellos adultos mayores y personas con discapacidad. Estas personas dependen de este mecanismo de devolución de impuestos establecido en la normativa ecuatoriana. La falta de acreditaciones ha generado solicitudes reiteradas y procesos judiciales por parte de quienes buscan que sus pagos sean reconocidos en los plazos establecidos.

La deuda reportada por el SRI evidencia la necesidad de una coordinación financiera oportuna entre las instituciones involucradas y subraya el impacto que las demoras presupuestarias tienen en los contribuyentes que forman parte de los grupos prioritarios definidos por la ley fiscal vigente.

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