El gobierno de los Estados Unidos ha oficializado una de las medidas más estrictas en materia de control fronterizo de los últimos años. Con fecha 16 de diciembre de 2025, el presidente Donald Trump firmó una proclamación que establece la suspensión y limitación de entrada a territorio estadounidense para ciudadanos de una extensa lista de países. La medida, fundamentada en la protección contra el terrorismo y amenazas a la seguridad pública, entrará en vigor a partir de las 00:01 horas del 1 de enero de 2026.
El documento oficial argumenta que estas naciones presentan deficiencias graves en sus sistemas de gestión de identidad, intercambio de información de seguridad o, en algunos casos, presencia activa de grupos terroristas.
Clasificación de las restricciones: Países y condiciones
La normativa firmada por Donald Trump divide a las naciones afectadas en categorías según la gravedad de sus deficiencias en seguridad y cooperación. A continuación, se detallan los países que tienen acceso restringido:
1. Suspensión Total (Inmigrantes y No Inmigrantes)
Para estos países, la puerta está prácticamente cerrada. Se considera que sus gobiernos no pueden verificar antecedentes o que existe una alta amenaza terrorista. La lista incluye:
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Restricciones continuadas: Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
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Nuevas inclusiones de suspensión total: Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Sierra Leona, Sudán del Sur y Siria.
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Autoridad Palestina: Se suspende totalmente el ingreso de personas que utilicen documentos de viaje emitidos o avalados por la Autoridad Palestina, debido a la falta de control en Cisjordania y Gaza y la actividad de grupos designados como terroristas.
2. Suspensión Parcial y Modificaciones
Estos países enfrentan limitaciones específicas, generalmente enfocadas en ciertos tipos de visas o perfiles migratorios, debido a altas tasas de permanencia ilegal (quedarse más tiempo del permitido por la visa) o problemas de fraude documental.
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Países con restricciones continuadas: Burundi, Cuba, Togo y Venezuela.
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Nuevas restricciones parciales: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Dominica, Gabón, Gambia, Malawi, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y Zimbabue.
Las condiciones para los países de suspensión parcial: Para la mayoría de los países en la nueva lista de suspensión parcial (como Angola, Benín, o Nigeria), la proclamación de Donald Trump suspende la entrada tanto de inmigrantes como de no inmigrantes bajo las visas de turismo y negocios (B-1, B-2, B-1/B-2), así como visas de estudiante y de intercambio (F, M, J). Además, se ha instruido a los funcionarios consulares a reducir la validez de otras visas permitidas al mínimo legal.
Una mención especial recibe Turkmenistán, país que ha mostrado progreso en cooperación, por lo que se levanta la suspensión para no inmigrantes (turistas/estudiantes), aunque se mantiene la suspensión para visas de inmigrante (residencia).
El caso de Costa de Marfil y el blindaje al deporte
Dentro de la lista de “Suspensión Parcial” (Sección 5, inciso d), figura Costa de Marfil (Côte d’Ivoire). Según el documento, este país presenta una tasa de sobreestadía en visas de turismo del 8,47% y de casi el 20% en visas de estudiante. En consecuencia, se suspende la entrada de sus nacionales bajo visas B-1, B-2, F, M y J.
Esta situación genera una interrogante inmediata de cara al ámbito deportivo, dado que Costa de Marfil es un contendiente relevante y Ecuador podría enfrentarlo en el contexto del Mundial de Fútbol de 2026, que se celebrará en Norteamérica.
Sin embargo, la proclamación de Donald Trump anticipa este escenario y establece una protección legal específica para asegurar la realización de eventos internacionales. En la Sección 6, inciso b, numeral iv, el texto ordena explícitamente que las restricciones no se aplicarán a:
“cualquier atleta o miembro de un equipo deportivo, incluidos los entrenadores, las personas que desempeñan un papel de apoyo necesario y los familiares inmediatos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado”.
Esta excepción garantiza que, a pesar de las severas restricciones migratorias aplicadas a la población general de estos países, las delegaciones oficiales, cuerpos técnicos y sus familias podrán ingresar a Estados Unidos para disputar el torneo sin inconvenientes legales derivados de esta orden ejecutiva.
Otras Excepciones Generales
A pesar de la rigurosidad de la orden ejecutiva, el gobierno de Estados Unidos ha establecido excepciones adicionales para no paralizar las relaciones diplomáticas ni afectar derechos adquiridos. Las restricciones no se aplicarán a:
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Residentes Permanentes Legales: Personas que ya poseen la “Green Card”.
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Doble Nacionalidad: Si un ciudadano de un país vetado tiene otra nacionalidad de un país no restringido y viaja con ese pasaporte.
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Diplomáticos: Funcionarios que viajen con visas tipo A-1, A-2, G-1, G-2, entre otras vinculadas a organismos internacionales como la OTAN o la ONU.
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Casos de Interés Nacional: Se podrán otorgar exenciones “caso por caso” si el Fiscal General o el Secretario de Estado determinan que la entrada de la persona beneficia a los intereses de Estados Unidos.
Razones detrás de la “Mano Dura”
El documento firmado por Donald Trump detalla una serie de fallas sistémicas que justifican estas medidas. Entre los problemas citados se encuentran:
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Fraude Documental: Países donde los certificados de nacimiento se escriben a mano en papel simple, facilitando la falsificación.
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Corrupción: Funcionarios extranjeros que venden visas o pasaportes para facilitar el movimiento de criminales.
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Ciudadanía por Inversión (CBI): Se critica duramente a países (como Dominica y Antigua y Barbuda) que venden su ciudadanía sin exigir residencia, permitiendo que personas de países de alto riesgo “compren” un pasaporte limpio para evadir los controles estadounidenses.
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Falta de Cooperación: Países que se niegan a recibir a sus propios ciudadanos cuando Estados Unidos intenta deportarlos.
La administración enfatiza que estas políticas buscan obligar a los gobiernos extranjeros a mejorar sus estándares de seguridad y compartir información biométrica y criminal con las agencias de inteligencia de EE. UU.