Los pagos del seguro de desempleo del IESS permanecen suspendidos de forma temporal para afiliados que ya reciben el beneficio y para quienes se encuentran en proceso de solicitud. La institución explicó que la medida responde al cierre del ejercicio económico 2025.
A través de un comunicado publicado en su página oficial, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social aclaró que “los pagos se reanudarán a partir de la segunda semana de enero de 2026”, aunque no precisó fechas exactas para las transferencias.
Seguro de desempleo del IESS: suspensión de pagos por cierre económico
La suspensión aplica a todos los afiliados que tramitan o reciben el seguro de desempleo del IESS, según confirmó la entidad. El organismo señaló que el proceso se ajusta a los plazos administrativos del cierre fiscal anual.
Además, el IESS indicó que a mediados de enero habilitará nuevamente los aplicativos de Fondos de Reserva y Cesantía. Esto con el objetivo de permitir las solicitudes de devolución que permanecen pendientes.
El comunicado no detalla un calendario específico. La primera semana de enero inicia el jueves 1 y la segunda semana comienza el lunes 5, fecha desde la cual podrían retomarse los pagos suspendidos.
¿Cómo tramitar el seguro?
Las personas que perdieron su empleo en Ecuador pueden acceder al seguro de desempleo del IESS, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente de la Seguridad Social.
El trámite se realiza de manera digital a través del portal oficial www.iess.gob.ec. El afiliado debe ingresar su solicitud dentro de los plazos establecidos tras quedar cesante.
Requisitos para acceder al seguro de desempleo del IESS
El solicitante debe registrar al menos 24 aportaciones no simultáneas, de las cuales las últimas seis deben ser consecutivas, y cumplir 60 días en condición de cesante.
Además, la persona debe haber cesado en relación de dependencia y registrar la solicitud desde el día 61 hasta un máximo de 45 días posteriores, es decir, hasta el día 106.
¿Quiénes no pueden acceder al seguro de desempleo?
No pueden solicitar el beneficio los afiliados que renunciaron voluntariamente, los afiliados voluntarios, jubilados y personas sin relación de dependencia.
Tampoco califican los afiliados al seguro campesino ni las afiliadas al trabajo no remunerado del hogar, según la normativa vigente del IESS.
Duración y causales de suspensión del beneficio
El seguro de desempleo del IESS tiene una duración máxima de cinco meses. Finaliza de forma anticipada cuando el afiliado registra un nuevo aviso de entrada con relación de dependencia.
El beneficio también se suspende en casos de hechos fraudulentos, fallecimiento del afiliado o incumplimiento de las condiciones establecidas durante el período de cobertura.