Referéndum y consulta popular 2025: CNE prevé publicar resultados desde las 19h00 este 16 de noviembre

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, anticipó que los primeros datos oficiales del referéndum y consulta popular 2025 se visualizarán desde las 19h00 de este domingo.

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Diana Atamaint informa horario de publicación de resultados del referéndum y consulta popular 2025.
Diana Atamaint, presidenta del CNE, explicó que los resultados del referéndum y consulta popular 2025 se mostrarán desde las 19h00 de este 16 de noviembre. Foto: Consejo Nacional Electoral.
Diana Atamaint informa horario de publicación de resultados del referéndum y consulta popular 2025.
Diana Atamaint, presidenta del CNE, explicó que los resultados del referéndum y consulta popular 2025 se mostrarán desde las 19h00 de este 16 de noviembre. Foto: Consejo Nacional Electoral.

El Diario

Redacción ED.

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sebastianpencas@gmail.com

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, informó que los primeros resultados del referéndum y consulta popular 2025 aparecerán desde las 19h00 de este domingo 16 de noviembre. Además, indicó que el sistema entregará datos progresivos mientras avanza el escrutinio.

Atamaint señaló: “nosotros esperamos que los primeros resultados podamos empezar a mirarlos en pantalla a partir de las siete de la noche, aproximadamente”, precisó.

Inicio de la jornada electoral

La jornada del referéndum y consulta popular 2025 iniciará a las 07h00 y terminará a las 17h00 en todos los recintos electorales. Luego del cierre, las juntas receptoras del voto empezarán el escrutinio.

El CNE proyecta difundir el conteo de votos desde el centro de transmisión de resultados en Quito.

Encuestas a boca de urna autorizadas

Diana Atamaint explicó que la empresa Cedatos mantiene la autorización para realizar encuestas a boca de urna durante el referéndum y consulta popular 2025. También aclaró que los datos oficiales se anunciarán únicamente por los canales institucionales.

“La información oficial solo la emitirá el Consejo Nacional Electoral. Cedatos podrá hacer encuestas a boca de urna, pero antes de ser difundidas deberá informar al CNE y cumplir todos los requisitos establecidos”, puntualizó la autoridad electoral.

Preguntas del referéndum y consulta popular 2025

Este domingo, la ciudadanía responderá cuatro preguntas del referéndum y consulta popular 2025, tres mediante referéndum y una mediante consulta popular. La papeleta incluirá los siguientes casilleros:

Casillero A

Actualmente, la Constitución de la República del Ecuador no permite el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares, y prohíbe ceder bases militares a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras.

¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

Casillero B

Actualmente, la Constitución de la República del Ecuador establece la obligación del Estado de entregar recursos económicos a los partidos y movimientos políticos.

¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del presupuesto general del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

Casillero C

¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?

Casillero D

¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?

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