Reforma del salario básico 2026 impulsaría cambios al visto bueno en Ecuador

El ministro de Trabajo, Harold Burbano, anticipó ajustes al procedimiento laboral denominado "visto bueno", mientras sectores sociales y empresariales mantienen posturas opuestas sobre su reemplazo por el despido justificado.

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Reforma del salario básico 2026 impulsa cambios al visto bueno en Ecuador.
El artículo 173 del Código del Trabajo de Ecuador se refiere principalmente a las causas por las cuales un trabajador puede solicitar un visto bueno para dar por terminada la relación laboral. Foto: Freepik.
Reforma del salario básico 2026 impulsa cambios al visto bueno en Ecuador.
El artículo 173 del Código del Trabajo de Ecuador se refiere principalmente a las causas por las cuales un trabajador puede solicitar un visto bueno para dar por terminada la relación laboral. Foto: Freepik.

El Diario

Redacción ED.

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sebastianpencas@gmail.com

La fijación del salario básico 2026 ha abierto un debate más amplio dentro del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios: el ministro de Trabajo, Harold Burbano, adelantó que la revisión incluirá ajustes al visto bueno en Ecuador, lo que ha generado reacciones inmediatas.

Diferencias entre el visto bueno y el despido justificado

El procurador de la Federación de Trabajadores Públicos y Privados (FTPP), Cristóbal Buendía, reveló que el sector empresarial promueve transformar de raíz el visto bueno.

“Lo que se está planteando es la eliminación de la figura del visto bueno y posiblemente instaurar la del despido justificado”, señaló.

El visto bueno se gestiona ante el Ministerio de Trabajo y permite a empleadores o trabajadores solicitar la terminación de una relación laboral por causas previstas en la ley. En cambio, el despido justificado derivaría en un trámite completamente judicial.

Buendía advirtió que obligaría al empleador a justificar ante un juez las razones legales de la desvinculación, lo que ampliaría plazos y costos.

No obstante, el procurador aclaró que existe apertura en ciertos sectores empresariales para una reforma menos radical. “Nosotros hemos estado en varias reuniones con el Ministerio de Trabajo y en efecto una de las propuestas de los empresarios también es revisar, efectivamente, las ambigüedades que puedan existir en las causales”, señaló.

Esta línea se acerca al planteamiento inicial del ministro Burbano, que prioriza fortalecer la claridad normativa antes que reemplazar la figura del visto bueno.

Alcances del visto bueno

Por su parte, la decana Solimar Herrera, de la Universidad Central, explicó a diario Expreso que tanto empleadores como trabajadores pueden solicitar el visto bueno.

Los colaboradores pueden aplicar esta medida cuando no reciban su salario, enfrenten cambios unilaterales en sus funciones o sufren injurias, acoso o maltrato. Por su parte, los empleadores la usan ante casos de indisciplina grave, falta de honestidad, inasistencias injustificadas o ineptitud evidente, siempre basándose en causales verificadas por los inspectores.

El abogado José Manuel Portugal detalló que el proceso suele tomar entre uno y dos meses y que la mayor dificultad radica en la ambigüedad legal. “La legislación vigente no es tan explícita, por ejemplo, la indisciplina es muy subjetiva”, dijo.

Añadió además que algunos empleadores no pueden actuar cuando enfrentan baja productividad pese al cumplimiento mínimo del trabajador.

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Reacciones del sector empleador y advertencias jurídicas

Asimismo, el exrepresentante del sector empleador, Rodrigo Gómez de la Torre, defendió un cambio profundo. Argumentó que “usualmente terminamos con vistos buenos que no se mueven nunca”, lo que frena la contratación y limita la flexibilidad laboral.

Para él, el despido justificado permitiría equilibrio y agilidad en casos donde el desempeño no satisface los estándares requeridos.

Sin embargo, Buendía advirtió que trasladar el sistema al ámbito judicial provocaría un colapso institucional. Coincidió Herrera, al señalar que “la función judicial no está para esos temas”. Propuso reforzar el Ministerio de Trabajo mediante más inspectores especializados y mejor remuneración, antes que eliminar el visto bueno, un mecanismo “que sí sirve” y funciona en numerosos países.

Posturas internas del CNTS y futuro del debate en 2026

Una contrapropuesta presentada por Buendía busca ampliar las causales del artículo 173 para el despido intempestivo. Esta ampliación permitiría equilibrar la relación laboral ante la eventual implementación del despido justificado.

El artículo 173 del Código del Trabajo de Ecuador se refiere principalmente a las causas por las cuales un trabajador puede solicitar un visto bueno para dar por terminada la relación laboral, lo que equivale a un despido intempestivo indemnizable, y establece como causas: falta de pago de remuneraciones, disminución del pago, injurias graves (del empleador al trabajador o familiares), y cambios de ocupación o lugar de trabajo que afecten la dignidad del trabajador.

Un visto bueno concedido al trabajador por estas razones genera el derecho a una indemnización por despido intempestivo y otros derechos laborales, y es aplicable a trabajadores con discapacidad, dándoles estabilidad reforzada. 

Finalmente, el presidente de Fedexpor, Xavier Rosero, aclaró que la reforma al visto bueno “no se planteó en el Consejo”. A pesar de ello, las posiciones divergentes anticipan que la discusión se intensificará durante el análisis del salario básico 2026, pues el modelo de desvinculación constituye un elemento clave para definir costos, estructura e impacto laboral en el país.

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