El próximo domingo 16 de noviembre de 2025, más de 13,7 millones de ecuatorianos están convocados a votar en la consulta popular y referéndum en Ecuador y en el exterior. El sufragio es obligatorio, pero el Código de la Democracia permite seis causales para justificar la inasistencia y evitar multas.
El artículo 292 del Código establece que quienes presenten justificaciones al Consejo Nacional Electoral (CNE) no recibirán sanciones económicas. Entre las causas destacan impedimento legal, problemas de salud y calamidad doméstica grave.
Estas son las justificaciones legales y personales para no votar
| Causa justificable | Descripción | ¿Cómo justificar? |
|---|---|---|
| Mandato legal | Orden judicial o legal que impide votar durante la jornada electoral. | Presentar disposición judicial o legal. |
| Motivos de salud o impedimento físico | Incapacidad temporal o permanente que impide acudir a las urnas. | Certificado médico emitido y validado por el Sistema Nacional de Salud (público o privado). |
| Calamidad doméstica grave | Fallecimiento u otra calamidad familiar grave ocurrida hasta ocho días antes o el mismo día de las elecciones. | Documentación que compruebe la calamidad. |
| Estar fuera del país | Ciudadanos que se encuentren en el extranjero o llegan el día de las elecciones. | Documentos oficiales que acrediten la salida o llegada, como pasaporte o boleto de viaje. |
| Actividades vinculadas al evento electoral | Personas que desempeñan funciones dentro del proceso electoral. | Acreditación que demuestre participación en el proceso electoral. |
| Voto facultativo | Militantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, jóvenes de 16 y 17 años y personas mayores de 65 años para quienes votar es voluntario. | No están obligados a votar, pero pueden justificar la inasistencia. |
Las personas que no puedan acudir a votar deben entregar los documentos que justifiquen su ausencia en la oficina desconcentrada del Consejo Nacional Electoral (CNE) correspondiente a su circunscripción.
Consulta popular y referéndum Ecuador 2025: sanciones económicas
Por otro lado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que la multa por no votar equivale al 10% del salario básico unificado. Es decir, $47.
No conformar la junta receptora implica sanciones desde $70,50. Abandonar sin justificación una junta puede implicar multas de hasta $4.700 y suspensión de derechos electorales hasta seis meses.
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