Décimo tercer sueldo en Ecuador: única causa legal para retenerlo y hasta cuándo deben pagarlo

¿Te pueden retener el décimo tercer sueldo en Ecuador? Solo una causa legal lo permite: pensiones alimenticias por orden judicial. Descubre el plazo límite, quiénes cobran y cómo proteger tu bono navideño.

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Décimo tercer sueldo en Ecuador: única causa legal para retenerlo y hasta cuándo deben pagarlo.
¿Te pueden retener el décimo tercer sueldo en Ecuador? Aquí se explica la única causa legal, el plazo máximo de pago y los derechos de cada trabajador. Foto: Pexels.
Décimo tercer sueldo en Ecuador: única causa legal para retenerlo y hasta cuándo deben pagarlo.
¿Te pueden retener el décimo tercer sueldo en Ecuador? Aquí se explica la única causa legal, el plazo máximo de pago y los derechos de cada trabajador. Foto: Pexels.

El Diario

Redacción ED.

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sebastianpencas@gmail.com

El décimo tercer sueldo en Ecuador se volvió un salvavidas económico para miles de familias, pero también una fuente de dudas cada fin de año. Muchos trabajadores se preguntan si su empleador puede retener el bono navideño, bajo qué motivo y qué dice exactamente la ley sobre este dinero protegido por normas laborales. Esa mezcla de expectativa y desinformación abre espacio a abusos, silencios incómodos y descuentos que no siempre tienen sustento legal.

La normativa ecuatoriana es categórica: el décimo tercero es un derecho irrenunciable para quienes trabajan bajo relación de dependencia, tanto en el sector público como en el privado. Sin embargo, existe una excepción puntual y poderosa que puede cambiar el destino de ese valor. Solo una causa legal específica permite que el trabajador no reciba el monto completo y que parte de ese dinero tenga otro destino distinto a su bolsillo.

La única causa legal para retener el décimo tercer sueldo

La regla general dice que el décimo tercer sueldo en Ecuador no puede embargarse ni retenerse por deudas con bancos, tarjetas de crédito, casas comerciales, cooperativas o el propio Estado. La ley también impide que se use para cubrir impuestos pendientes o créditos de consumo, porque se trata de una remuneración de carácter especial, con protección reforzada. Esa protección se basa en el Código del Trabajo y en lineamientos del Ministerio de Trabajo, que destacan el contenido alimentario de este ingreso adicional.

La única puerta que la ley abre para retener este bono tiene un nombre claro: pensiones alimenticias. Cuando existe una orden de un juez de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el empleador debe retener parte o incluso todo el décimo tercer sueldo para cubrir valores pendientes de alimentos. En esa situación, el bono navideño deja de ir a la cuenta del trabajador y se dirige, por mandato judicial, a garantizar la manutención de hijos u otros beneficiarios. No es una decisión del empleador ni un arreglo interno: es un mandato que prioriza el interés superior de los menores sobre cualquier otra deuda.

Qué dice la ley sobre este bono navideño

El Código del Trabajo establece que el décimo tercero corresponde a la doceava parte de todas las remuneraciones percibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. Cada mes, el trabajador va generando una fracción de ese bono que se materializa en un pago adicional, conocido popularmente como bono navideño. Este valor tiene un tratamiento diferenciado: no se suma para el cálculo de aportes al IESS, fondo de reserva ni impuesto a la renta, lo que lo convierte en un ingreso con reglas especiales.

En el sector público, la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y su reglamento recogen principios similares, aunque definen cronogramas específicos y modalidades de pago propias para los servidores. El Ministerio de Trabajo complementa este marco mediante lineamientos para el pago de la décima tercera remuneración, donde insiste en la obligación de respetar plazos y registrar los pagos en las plataformas oficiales. El incumplimiento de estas disposiciones puede terminar en sanciones económicas que llegan a varios salarios básicos unificados para los empleadores.

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Hasta cuándo deben pagar el décimo tercer sueldo en Ecuador

En el sector privado, el plazo máximo para pagar el décimo tercer sueldo en Ecuador llega hasta el 24 de diciembre, tal como señala el Código del Trabajo y recuerdan las guías oficiales y notas especializadas. Muchas empresas optan por cancelar el monto unos días antes para evitar retrasos operativos o problemas bancarios durante las fiestas. Además, la ley permite que el trabajador reciba este beneficio de forma mensualizada, siempre que lo solicite por escrito al inicio del año, lo cual reparte ese ingreso extra a lo largo de los meses.

En el sector público, el pago acumulado suele realizarse alrededor de la primera quincena de noviembre, siguiendo los cronogramas difundidos por el Ministerio de Economía y Finanzas y los lineamientos del Ministerio de Trabajo. Para quienes escogen la modalidad mensualizada, el valor se reparte en sus remuneraciones ordinarias, sobre todo en los últimos meses del año. En ambos sectores, la autoridad exige que los empleadores registren el pago en los sistemas oficiales, lo que permite verificar el cumplimiento y facilita las inspecciones cuando se presentan denuncias.

Quiénes sí reciben el décimo tercero y quiénes quedan fuera

El décimo tercer sueldo en Ecuador corresponde a toda persona que mantiene una relación de dependencia formal con su empleador. En esa categoría entran los trabajadores con contratos indefinidos, temporales, eventuales u ocasionales, tanto del sector privado como del sector público. Cuando la relación laboral termina antes del cierre del período de cálculo, el empleador tiene la obligación de pagar el valor proporcional al tiempo efectivamente trabajado, incluso si la desvinculación ocurre meses antes de diciembre.

Quedan excluidos de este beneficio quienes trabajan como independientes o autónomos, es decir, quienes facturan servicios sin formar parte de una nómina ni contar con un contrato laboral registrado. También suelen quedar fuera quienes prestan servicios mediante honorarios profesionales, salvo que en la práctica exista una relación de dependencia disfrazada, lo cual puede discutirse ante la autoridad laboral. En el caso de los artesanos calificados, estos no generan derecho a décimo tercer sueldo por su propia actividad, pero sí deben pagarlo a su personal administrativo contratado bajo relación de dependencia.

Qué hacer si el décimo tercer sueldo no llega o se retiene sin explicación

Cuando el trabajador observa que su décimo tercer sueldo no se acredita o aparece con descuentos inesperados, el primer movimiento debe ser pedir a su empleador una explicación formal y por escrito. En ese documento, debe quedar claro si existe una orden judicial de pensiones alimenticias que justifique la retención total o parcial. Si no hay tal orden, cualquier descuento o demora podría considerarse una vulneración de derechos laborales y del carácter protegido de este bono.

Si la respuesta no resulta clara o si la empresa se niega a entregar información, el siguiente paso es acudir al Ministerio de Trabajo y presentar una denuncia por incumplimiento.

La autoridad puede realizar inspecciones, revisar planillas, comprobar registros del pago en las plataformas oficiales y exigir el desembolso inmediato de los valores pendientes. Además, puede imponer multas que alcanzan varios salarios básicos unificados, sobre todo cuando se detectan prácticas reiteradas.

Con estas herramientas, el sistema jurídico busca que el décimo tercer sueldo en Ecuador cumpla su propósito real: aliviar la economía de los hogares y no convertirse en otra preocupación más al finalizar el año.

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